CAE · Control documental

Coordinación Actividades Empresariales

Introducción
Desde hace algún tiempo, las empresas están apoyándose en Plataformas on-line que ayudan en la gestión documental de la Coordinación de Actividades Empresariales. Pero ¿es suficiente garantía de cumplimiento del RD 171/2004 la utilización únicamente de estas plataformas?

Nuestra dilatada experiencia nos indica, que en la práctica quedan numerosos ítems por cubrir. Así, se pueden presentar certificados de formación para una determinada actividad, pero una vez iniciado el trabajo ser insuficientes, se puede acreditar la entrega de EPI pero por el devenir de los trabajos no ser los adecuados, etc…

Es por ello, que el RD 171/2004, otorga flexibilidad a las empresas, poniendo a su disposición un abanico de posibilidades que permitirá en cada caso la elección de los medios más adecuados y, por ello, más eficientes para coordinar las actividades empresariales en materia de prevención de riesgos laborales. Al mismo tiempo, esa elección exigirá una real implicación en la coordinación de actividades empresariales que alejará el cumplimiento meramente formal.

Objetivo
Dar cumplimiento íntegro al artículo 24 de la LPRL y al RD 171/2004, supervisando que la realización de diferentes proyectos dentro de la empresa, sean realizados por las empresas contratistas y/o subcontratistas, en relación con el personal propio, dentro de los niveles de seguridad establecidos por la Legislación Vigente o por los propios Procedimientos Internos establecidos por la Empresa.

A quien va dirigido
A cualquier Empresa, en cuyo centro de trabajo se desarrollen simultáneamente trabajos de cualquier índole por más de un trabajador de varias empresas.

Motivación

  • Mejora de la Coordinación interna entre Proyectos desarrollados por diferentes departamentos de la Empresa
  • Mejora de la Coordinación entre empresas externas y trabajadores propios.
  • Mejora en el control y seguimiento del cumplimiento de obligaciones preventivas establecidas por la Normativa en general, y por la Normativa interna del Cliente en particular.

Estudio y análisis del Proyecto

  • Comunicación de contratación de empresas
  • Requerimiento de documentación de seguridad de las empresas participantes en el proyecto (o supervisión de Plataforma on-line de gestión): EVR, normas de seguridad, etc… A criterio técnico se procederá a auditar la documentación recopilada de aquellas empresas especialmente sensibles a riesgos no tolerables.
  • Elaboración de informe, riesgos y medidas preventivas.
  • Reunión de Coordinación previa al inicio de los trabajos
  • Entrega de información.
  • Supervisar que el trabajo de contratas y subcontratas se realice en condiciones de seguridad, mediante el control efectivo de las condiciones de seguridad.
  • Poner en inmediato conocimiento del empresario titular/principal la ausencia, insuficiencia o falta de adecuación de las medidas preventivas a efectos de su subsanación.
  • Realizar cualquier otra tarea dirigida al ordenado cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.